El Presidente de la República de Panamá, Laurentino Cortizo Cohen, firmó la Ley que subroga (actualiza) la histórica Ley 40 de 01 de marzo de 1917, la cual estableció la institución "Cruz Roja Nacional" de Panamá. La aprobación de esta ley por parte de la Asamblea Nacional representa un hito importante en la evolución de esta entidad humanitaria en el país.
El propósito principal de esta nueva ley es adecuarla a las diversas actividades y programas que realiza la Cruz Roja Panameña en la actualidad, en consonancia con los estándares internacionales y dentro del proceso de renovación institucional.
La normativa recién sancionada regula la relación jurídica entre la Cruz Roja Panameña y el Estado, reconociendo su papel como único miembro de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en Panamá. Además, autoriza a la institución a llevar a cabo su acción humanitaria en todo el territorio nacional, respetando los principios fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja.
Entre los aspectos abordados por la nueva legislación se encuentran la protección del voluntariado, la salvaguarda de los datos humanitarios y las actividades destinadas a movilizar recursos para el cumplimiento de su misión humanitaria. Es importante destacar que la existencia de la Cruz Roja en cada país debe ser reconocida y autorizada por el Estado, en cumplimiento de los Convenios de Ginebra de 1949.
Esta actualización legislativa no solo fortalece el marco legal que rige las actividades de la Cruz Roja Panameña, sino que también reafirma el compromiso del país con los principios humanitarios y el apoyo a esta invaluable institución en su labor de asistencia a los más vulnerables.