Los transexuales brasileños tendrán derecho a que se les cambie el género en sus documentos de identidad sin necesidad de someterse a una cirugía de cambio de sexo, según una decisión judicial destacada hoy por la estatal Agencia Brasil.
Los miembros de la cuarta sala del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en una decisión del martes que solo trascendió este jueves, concluyeron que el cambio de género en los documentos no puede estar condicionado exclusivamente a una cirugía, como determina la ley, sino que también debe tener en cuenta aspectos físicos y psicológicos.
La decisión también prohíbe a las oficinas de registro civil a incluir en los nuevos documentos del interesado, de forma clara o velada, la expresión "transexual", el sexo biológico del propietario de la identidad o las motivos que lo llevaron a pedir una alteración.
Los ministros se pronunciaron sobre una denuncia específica en que un transexual identificado como género masculino pidió el cambio de género en sus documentos tras presentar una evaluación psicológica pericial para demostrar que se identificaba socialmente como mujer pese a que no se había operado.
La sentencia, pese a que no tiene carácter vinculante, puede servir como parámetro para casos semejantes en juzgados de primera y segunda instancia, a los que ya han acudido varios transexuales para que se les reconozca ese derecho.
El magistrado que instruyó el caso, Luis Felipe Salomao, recordó que la legislación ya prevé algunas excepciones para el cambio de nombre en los registros públicos, como en los casos que provocan vergüenza o degradación social o en los que una característica desentona con la apariencia física de una persona.
El magistrado agregó que el simple cambio de nombre en la identidad no es suficiente para garantizar la dignidad de una persona en casos en que se tienen características diferentes a las del género que aparece en el documento.
"En casos de cambio de nombre, el mantenimiento del género constante en el registro civil preserva la incongruencia entre los datos presentados y la identidad de la persona, que quedará vulnerable a todo tipo de situaciones vejatorias en la vida civil", afirmó en su sentencia.
El magistrado también recordó los diferentes países que, como Reino Unido, España, Argentina, Portugal y Noruega, admiten la alteración de los datos de género en el registro civil sin condicionarla a una cirugía.
"La exigencia de cirugía para permitir el cambio de sexo registrado de los transexuales es contraproducente con la defensa de los derechos humanos internacionalmente reconocidos, especialmente ante los costos y la imposibilidad física de esta cirugía para algunos", agregó.
El año pasado el Gobierno brasileño ya le había garantizado el derecho a los travestidos y transexuales a usar su "nombre social" en cualquier trámite, papeleo y gestión ante organismos públicos, pero la medida no incluyó el cambio de género en los documentos.
De acuerdo con el decreto de la entonces presidenta Dilma Rousseff, los transexuales y travestidos pueden exigir que se les inscriba o se les llame con su nombre social al matricularse en una escuela pública o acudir a una cita en hospital público, por ejemplo.
FUENTE: EFE