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Panamá Nacionales -  9 de julio de 2014 - 15:06

Rechazan solicitud de Belfon para aclarar inconstitucionalidad de asilo a Hurtado

La Corte Suprema de Justicia rechazó las solicitudes de aclaración de sentencia presentadas por la procuradora general de la Nación, Ana Belfon y el licenciado Raúl Olmos, respecto al fallo del 29 de mayo de 2014, que declaró inconstitucional el Decreto Ejecutivo 301 del 19 de noviembre del 2010, "Por el cual se concede asilo territorial a la señora María del Pilar Hurtado Afanador, ciudadana colombiana".

Las solicitudes fueron rechazadas por "improcedentes", y la decisión contó con la ponencia del magistrado Harley Mitchell y el voto razonado de los magistrados Harry Díaz y Gabriel Fernández. Señala que para que proceda la aclaración de sentencia deben presentarse ciertas causas, en la parte resolutiva de la sentencia, de conformidad con el artículo 999 del Código Judicial.

Este artículo del Código Judicial indica que: "la aclaración de sentencia solo procede para modificar o corregir la parte resolutiva en lo concerniente a los frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, es decir, enmendar un error aritmético o de escritura o de cita; así como para explicar frases obscuras o de doble sentido".

El Pleno advirtió que cualquier petición presentada que no se enmarque en las normas, se constituye en un desvío de los propósitos fijados. Aclaró que esta figura no es el mecanismo jurídico idóneo para revocar, modificar o reformar la decisión dictada.

María del Pilar Hurtado, ex jefa del Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia, fue asilada en Panamá en el 2010. En su país es imputada por un caso de escuchas ilegales durante el Gobierno de Álvaro Uribe.

FUENTE: Viola Guevara

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