Los apagones o llamados "bajones" de la energía eléctrica en diversos hogares de la ciudad de Panamá y del interior del país, han provocado daños en los artefactos eléctricos, por ello, la población debe tener claro que hay solución para poder solventarlo y que la falla en los mismos no represente un gasto mayor.
La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), ha explicado en varias oportunidades cuándo, dónde y qué documentación debe presentar la persona que emite el reclamo; recordemos esta información que puede ser muy útil para toda la comunidad.
El reclamo debe ser presentado dentro de los quince días hábiles, contados a partir de la fecha de la incidencia que afectó el aparato eléctrico; el mismo debe hacerse a la empresa que brinda el servicio.
Los requisitos que debe llevar la persona natural son:
- Copia de la cédula de identidad del titular de la cuenta.
- Copia de Aviso de Operación (en caso de denominación comercial).
- Comprobante de reclamo ante el respectivo prestador.
- Respuesta del reclamo por el prestador.
- Facturas reclamadas.
- Nota explicativa con los argumentos de su reclamo.
- Pruebas del caso o cualquier documento que tenga a bien aportar.
Las personas jurídicas deberán presentar copia del Certificado del Registro Público de la sociedad y los demás requisitos de persona natural.
Al presentar el reclamo, la empresa distribuidora deberá dar respuesta en un término que no exceda a los quince días calendarios; si la respuesta no le satisface o no es atendido, podrá acudir a la ASEP y solicitar un procedimiento administrativo de reclamo, a fin de que la Autoridad conozca y resuelva la controversia atendiendo las normas técnicas y legales vigentes.
Para cualquier consulta al respecto, podrá llamar a la línea gratuita 800-3333.
FUENTE: Marilyn Cejas de Miranda




