Mediante el Decreto Alcaldicio DALJ-012-15, el Municipio de San Miguelito modificó el decreto 1 de febrero de 1994, que regula las fiestas e incrementó las multas por celebrar, éstas, sin los permisos que corresponden.
Las multas varían de 500 dólares por realizar actividades públicas sin permiso, mientras que por fiestas privadas o familiares ilegales se sancionará con 100 hasta 500 dólares y en caso de reincidencia doblarán la sanción.
Para cumplir con estas disposiciones, el Municipio autorizó a los corregidores y jueces nocturnos para que suspendan cualquier actividad pública o privada que no tenga el permiso o “genera situación de violencia y alteración del orden público”.
“No estamos en contra de que las personas realicen sus fiestas, siempre y cuando cumplan con la normativa y no perturbe la paz y tranquilidad del vecino” dijo el alcalde Gerald Cumberbatch.
El Decreto determina que las festividades públicas serán los: primero de enero, carnavales, día del Santo Patrono del distrito, primero de mayo, aniversario del distrito, aniversario de los corregimientos, fiestas patrias, día de la madre, navidad y año nuevo.
Dichas actividades tendrán horario hasta las 3:00 de la madrugada como máximo y no deben exceder los 60 decibeles hasta la medianoche, posterior a esta hora deberá disminuir a 30 decibeles. Mientras que las fiestas privadas, como matrimonios, aniversarios, cumpleaños y otros deberán contar con un permiso escrito y serán permitidas hasta las 2:00 a.m.
El Municipio sustentó los cambios al decreto ante el aumento de niveles de violencia derivados del consumo de licor en fiesta así como quejas de molestias de residentes.