Mediante Decreto Alcaldicio N° 27-2016 , la Alcadía de Panamá prohibirá el estacionamiento de todo tipo de vehículos en las aceras, veredas, isletas, áreas verdes y los espacios públicos que formen parte del proyecto de revitalización que ejecuta el municipio en la ciudad capital.
Además se prohibirá el estacionamiento en las aceras de las paradas, zonas pagas, estacionamientos de pasajeros o zonas adyacentes a áreas destinadas al servicio del Metro Bus, así como las aceras de las terminales, estaciones de pasajeros, intercambiadores o zonas adyacentes a áreas destinadas al servicio de la línea del Metro de Panamá.
Sin embargo, se permitirá “ en casos estrictamente necesarios, acreditados ante la Alcaldía de Panamá ” el estacionamiento a vehículos livianos con fines de carga o descarga, en algunos de los espacios mencionados, siempre que las operaciones se realicen en el menor tiempo posible.
El decreto no tendrá aplicación a los vehículos oficiales que brinden servicios de emergencia, asistencia y de seguridad pública.
Las sanciones por infringir este decreto son: multas de B/.50.00 por estacionar el vehículo sobre la acera, vereda, isleta, remanente vial, parque , plaza y jardín; multa de B/75.00 por estacionar el vehículo en la acera de paradas, zonas pagas, estaciones de pasajeros o en áreas destinadas al servicio del Metro Bus.
Mientras que por estacionar el vehículo sobre aceras terminales, estaciones de pasajeros, intercambiadores o en áreas destinadas al servicio del Metro Bus la multa será de B/.75.00 y B/.100.00 por estacionar el auto sobre acera, vereda, área verde o cualquier espacio público que forme parte del proyecto de revitalización del Municipio de Panamá.
La infracción será fijada sobre el vehículo mediante boletas tipo “chicle” o adhesivas colocadas en las ventanillas, con indicación del número de infracción y la cantidad de la multa correspondiente y el conductor tendrá un término no mayor de 30 días para efectuar el pago de la multa en la Tesorería Municipal.