Panamá Nacionales -  10 de abril de 2018 - 11:40

Eliminarán artículos del proyecto de moratoria para pago del impuesto inmueble

El diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Leandro Ávila informó este martes que el proyecto de Ley No.609, que modifica el artículo 15 de la Ley 66 de 17 de octubre de 2017, sobre la moratoria para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles fue bajado a segundo debate para hacerle correcciones, debido a las dudas y rechazo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a las propuestas.

Indicó que tras una conversación sostenida en compañía de las diputadas Ana Matilde Gómez y Katleen Levy con los diputados que propusieron modificaciones al documento en segundo debate se aprobó eliminar artículos.

"Solamente se dejarán dos o tres artículos para que puedan tener una mejor panorama”, dijo Ávila aclarando que lo que se quiere es conceder un periodo de moratoria para el pago del impuesto de inmuebles que recae sobre los intereses y recargos causados por los inmuebles sujetos a este impuesto.

Explicó que se decidió retirar el artículo 6 que “se concede el periodo de moratoria para pago de Tasas Únicas , sociedades y fundaciones de interés privado constituidas y registradas en la República de Panamá.

También la que concede moratoria a la CSS por el término de seis meses para los empleadores que se encuentren morosos en la entidad al 30 de marzo de 2018 y se acerquen a cancelar sus deudas.

"Tengo serias dudas de la Dirección General de Ingresos (DGI) y el MEF “ya que tienen una postura muy firme de no moratoria justificando que desanima al buen pagador, sin embargo lo que hemos dicho en la Ley que al buen pagador hay que hacerle un descuento del 10 o 15 %”, manifestó el diputado y uno de los proponentes de la iniciativa.

Añadió que una vez se realicen las correcciones a la iniciativa de Ley No.609, será nuevamente discutida en segundo debate.

El MEF había considerado como “inapropiada e irresponsable” la propuesta de modificación, toda vez que desvirtuaba la intención de extender por un periodo prudencial la moratoria en materia de impuesto de inmuebles establecida en el artículo 15 de la Ley 66 con sus respectivos beneficios fiscales.

Según la entidad, de esta forma, se pretende extender la moratoria a obligaciones relacionadas al impuesto sobre la renta, ITBMS y obligaciones al pago de las cuotas de la Caja del Seguro Social (CSS).

El documento indica que la moratoria tendrá vigencia hasta el 31 de octubre de 2018, y podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2018, siempre que el contribuyente se encuentre en trámite de actualización de su valor catastral ante la Autoridad de Administración Nacional de Tierras o que esté tramitando ante la DGI, exoneración de mejoras o igualación de su exoneración de mejoras y estos no hayan sido resueltos durante la fecha de vigencia de la moratoria.

FUENTE: Odalis Núñez