El abogado y exdirigente sindical Martín González se refirió a la huelga indefinida del Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción y Similares ante la falta de acuerdo un aumento salarial en la nueva convención colectiva en conjunto con la Cámara Panameña de la Construcción, y dijo que corresponde al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral convocar a las partes para que continue el diálogo.
De acuerdo con González la mesa de diálogo entre Suntrcas y Capac "jamás puede cerrarse", y sostiene que Mitradel debe ser más agresivo en convocar a las partes y tratar de sugerir posibles acuerdos, esto debido a que como Gobierno manejan en su totalidad a información que tiene la Contraloría General sobre cómo andan las utilidades del sector empresarial de la construcción.
"Las conversaciones no pueden romperse, el ministerio es el mediador, y tiene que citar y hacer que las partes se sienten y busquen el diálogo y la solución entre ambos, expresó el exdirigente sindical.
En cuanto a la huelga indefinida que inició a partir de las 7:00 a.m. de este miércoles explicó que tras la paralización de labores el Mitradel está obligado por ley a cerrar todos los centros de construcción donde el Suntracs tenga vigencia, " deben colocar unos sellos y prohibir la entrada de todo mundo, usualmente lso trabajadores se quedan en su centro de trabajo y el empleador tiene derecho a dentro de las 24 horas una vez iniciada la huelga, de solicitar un conteo a ver si el sindicato cuenta con el requisito de mayoría, y al final de todo el proceso de concilización y haber sido cumplido por el sindicato, lo único que queda pendiente es determinar si cuentan o no con el respaldo de los trabajadores".
González asegura que la la paralización es totalmente de derecho y legal, debido a que se cumplió todo el procedimiento de conciliación que establece los primeros 15 días de diálogo, los 10 días de una primera prorroga y los otros 10 días de una segunda prorroga, todos en días hábiles, así como la declaratoria de huelga con 20 días de anticipación.
Explicó que el inicio de la huelga tiene como consecuencia la suspensión inmediata de los efectos del contrato, lo que conlleva que obligación del trabajador de no prestar el servicio y el empleador de no pagar salario por un servicio no prestado. Además aclaró que la declaratoria de la legalidad de huelga no es facultad de Ministerio de Trabajo, sino de lo de jueces seccionales del Órgano Judicial.
El Suntracs y El Capac ha logrado acuerdo en 145 de las 155 clausulas que contiene la nueva convención colectiva, sin embargo se mantiene estancada en los temas salariales donde los obreros piden un aumento de 15% y la rebana del impuesto sobe la renta, mientras que el sector empresarial ofrece un incremento del 2%.
FUENTE: Ricardo Richards