A través de un comunicado la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) señaló que por ley no está facultado a publicar los nombres de las personas privadas de libertad que fallecieron el pasado 17 de diciembre en el Centro Penal La Joyita.
El artículo 296 del Decreto 393 señala que, en caso del fallecimiento de un interno, el Sistema Penitenciario deberá informar lo ocurrido al familiar o persona allegada que el interno haya designado previo a su deceso. Mientras que el artículo 287 del Código Procesal Penal establece que, durante la fase de investigación, habrá reserva para los terceros y las actuaciones solo podrán ser examinadas por las partes o sus representantes. La Dirección agrega que en estos momentos la competencia de estos casos ya está en manos del Ministerio Público (MP), mientras ellos como entidad solo colaboran con la investigación de esta reyerta con el fin de deslindar responsabilidades.
FUENTE: Teiga Castrellón