La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá desmintió que las acciones de amparo de garantías constitucionales que tramitan sobre la adquisición de medicamentos de la Caja de Seguro Social (CSS), hayan dispuesto la suspensión de un acto administrativo como indicó el Seguro.
En este proceso se licitaban 433 renglones de medicamentos y participaron 48 empresas.
Según la CSS, “la empresa Inversiones y Servicios Nacionales S.A. ofertó únicamente en el renglón 26 del medicamento Amlodipina, e interpuso el recurso aludiendo una advertencia de inconstitucionalidad, que obliga a la CSS a suspender todo el acto de compra”.
Por su parte, la Corte detalló los tres amparos interpuestos por el proceso de adquisición de medicamentos:
Amparo de Garantías Constitucionales con número de registro 134602021, repartido al Magistrado Hernán De León Batista, el 15 de febrero de 2021. Dicha acción fue desistida el 15 de marzo de 2021, encontrándose, actualmente, en los trámites respectivos para tal fin. Amparo de Garantías Constitucionales con número de registro 210412021, repartido al Magistrado Cecilio Cedalise Riquelme, cumplidas las reglas de reparto el día 9 de marzo de 2021, sin que se ordenara suspensión de acto jurídico alguno, toda vez que la acción fuera interpuesta contra la negativa de remitir al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, Advertencia de Inconstitucionalidad presentada por la empresa Inversiones y Servicios Nacionales, S.A. En acción de tutela constitucional se notificó al Director General de la Caja de Seguro Social y, el día 18 de marzo de 2021, fue recibido el informe de conducta del Subdirector de Asesoría Legal de la Caja de Seguro Social, encontrándose en estos momentos para decidir sobre lo solicitado. Amparo de Garantías Constitucionales con número de registro 2424442021, repartido al Magistrado Cecilio Cedalise Riquelme, el día 17 de marzo de 2021, por virtud del artículo 107 del Código Judicial, al ser presentada la acción constitucional contra la Directora Nacional de Compras de la Caja de Seguro Social, al haberse negado a remitir una Advertencia de Inconstitucionalidad promovida por la empresa Inversiones y Servicios, S.A. Esta acción de garantías constitucionales se encuentra en fase de admisibilidad.



