De acuerdo con la CSS, los asegurados y personal de atención en las instalaciones de salud deberán tener válidos los siguientes documentos: fichas impresas, fichas digitales, talonarios, comprobantes de pago o planillas de las entidades estatales, autónomas o semiautónomas del Gobierno y cartas fichas de atención médica, las cuales son válidas por 30 días, a partir de la fecha de emisión.
“Esta medida tiene como objetivo primordial garantizar que los asegurados afectados por suspensiones de contrato, debido a la pandemia por el COVID-19, puedan seguir recibiendo atención médica”, señala la entidad.