En nuestro país el 24 de junio del 2021, bajo la ley No.230 se crea "el Sistema de Alerta AMBER para la ubicación rápida y expedita ante la desaparición y sustracción de personas menores de edad" sin embargo, no hay Institución que que active el protocolo ante desaparición de un menor hasta la fecha, lo que impide se lleve a cabo la ley instituida.
AMBER es el acrónimo en inglés de "American's Missing: Broadcast Emergency Response", que traducido al español es: "personas perdidas en América: retransmisión de respuesta de emergencia".
Criterios que se toman en cuenta en los países que ejecutan la Alerta AMBER
- Se debe referir a la desaparición de un menor de edad.
- Un departamento de policía debe validar la desaparición de menor.
- Que las autoridades de justicia aseguren que el menor de edad está en peligro inminente de lesiones corporales y muerte.
- Todos los datos del menor desaparecido deben ser verdaderos con previa confirmación para proceder con la divulgación en los medios de comunicación.
- Contar con información de sospechosos o vehículo.