La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), mediante la Resolución AN No. 21605-RTV, ha reforzado la reglamentación sobre la comercialización de dispositivos IPTV (TV Boxes, Android TV y TV Sticks). La nueva directriz prohíbe la venta o modificación de estos equipos para acceder a contenidos televisivos sin la autorización de sus titulares.
Puntos clave de la nueva regulación:
- Restricción de Aplicaciones: La ASEP señaló directamente a plataformas como MagisTV (ahora Xuper TV) por ofrecer canales nacionales e internacionales sin contar con los derechos correspondientes.
-
Facultad de los Concesionarios: Las empresas de televisión pagada con sistemas de gestión remota están autorizadas para deshabilitar o eliminar aplicaciones no oficiales de sus equipos IPTV.
Sanciones: El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones administrativas por parte de la ASEP, acciones de ACODECO bajo la Ley 45 de 2007, e incluso posibles responsabilidades penales.
Equipos vs. Contenido: La norma no prohíbe la venta de los equipos en sí mismos, sino su alteración o la instalación de software que facilite la piratería.
La entidad aclaró que esta regulación no afecta el uso de servicios legítimos de streaming como Netflix, Disney+, YouTube, Prime Video, Max o Paramount+, los cuales operan bajo suscripciones legales. Finalmente, la ASEP reiteró que el servicio de televisión pagada solo puede ser prestado por concesionarios autorizados a través de redes con capacidad técnica garantizada.


