Panamá Nacionales -  7 de septiembre de 2025 - 08:54

CEPADEM a jubilados: ¿Cómo se calcularán los pagos pendientes?

La CSJ declaró constitucional la Ley 678 que garantiza a jubilados y pensionados el pago completo del Cepadem, incluyendo intereses acumulados.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) falló a favor de la constitucionalidad del proyecto de Ley 678, que garantiza el pago de los intereses pendientes sobre la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (Cepadem), dando luz verde para que jubilados y pensionados reciban la liquidación completa que les corresponde.

¿Qué es el Cepadem y por qué importa?

El Cepadem fue entregado parcialmente en 2017 por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), pero no incluyó los intereses generados entre 1972 y 1983 sobre la segunda partida del décimo tercer mes.

En 2019, la Asamblea Nacional aprobó la Ley 768, que amplió el cálculo de los intereses hasta ese mismo año, reconociendo un total de 37 años de adeudo, frente a los 12 años inicialmente contemplados.

Cómo se calcularán los pagos pendientes

El proyecto de Ley 678 establece que:

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  • Se sumará el capital retenido más los intereses acumulados.
  • Se restará lo ya pagado con el Cepadem.
  • Se determinará la diferencia exacta a pagar a cada jubilado, con un proceso más ágil y transparente.

Próximos pasos

El expresidente Laurentino Cortizo remitió la ley a la CSJ sin sancionarla. Ahora, tras el fallo favorable, el gobierno actual deberá sancionar la ley y ejecutar los pagos a más de 600 mil beneficiarios.

Impacto para jubilados y pensionados

Con este fallo, los jubilados recibirán intereses acumulados durante 37 años, lo que representa un respaldo económico significativo para cubrir necesidades básicas, gastos médicos y mejorar su calidad de vida.

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