El lunes 12 de febrero, funcionarios públicos que compensaron con horas extras para obtener el día libre y empleados de empresas privadas que cumplieron con horarios extendidos; no laboran este día por motivo de festividades del carnaval en Panamá.
Día libre: ¿Qué dice el Código de Trabajo de laborar en día feriado?
"El trabajo en día de fiesta o duelo nacional se pagará con un recargo del 150 por ciento sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a que se le conceda como compensación cualquier otro día de descanso a la semana. El recargo del 150 por ciento incluye la remuneración del día de descanso", enfatiza el Artículo 49 del Código de Trabajo.