Los jubilados del país se pronunciaron ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ordena el pago de intereses por mora, un derecho derivado de la retención de la segunda partida del Décimo Tercer Mes entre 1972 y 1983.
El fallo responde a la objeción de inexequibilidad presentada en diciembre de 2022 por el entonces presidente Laurentino Cortizo Cohen, quien argumentaba que la Asamblea invadía la jurisdicción contencioso-administrativa del Órgano Judicial al imponer el pago de intereses por mora de este beneficio laboral.
Los magistrados concluyeron que la Asamblea actuó dentro de sus atribuciones constitucionales y aplicó el principio de justicia social, garantizando que los servidores públicos y trabajadores del sector privado reciban la totalidad de los intereses acumulados.