Panamá Nacionales -  29 de agosto de 2025 - 07:22

Pago de B/.450 en el Programa de Pasantía Panamá 2025: requisitos y edad para aplicar

El Gabinete aprobó el Programa de Pasantía: jóvenes de 18 a 25 años podrán participar y recibir B/.450 mensuales. Conoce aquí los requisitos.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El Consejo de Gabinete aprobó este martes el proyecto de ley N.° 29-25, que crea el Programa de Pasantía, con el objetivo de incentivar la generación de oportunidades laborales para jóvenes panameños en el sector privado.

El plan está dirigido a jóvenes de 18 a 25 años, así como a menores de edad que ya cuenten con título de educación media, ya sea en formación universitaria, vocacional o técnica.

Según el proyecto, la iniciativa busca que los participantes desarrollen capacidades, experiencia práctica y oportunidades de inserción laboral formal, además de contribuir a la reducción del desempleo juvenil en Panamá.

Requisitos para participar en el Programa de Pasantía

  • Tener entre 18 y 25 años (o ser menor con título de educación media).
  • Proceder de la educación media, universitaria, vocacional o técnica.
  • Ser aceptado por una empresa o entidad registrada en el programa.

Participación de empresas

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El Programa será voluntario y podrán inscribirse empresas y entidades no lucrativas, nacionales o internacionales, con sede en Panamá. El número de pasantes dependerá del tamaño de la planilla:

  • Empresas con hasta 50 empleados: hasta 2 pasantes.
  • De 51 a 100 empleados: hasta 4 pasantes.
  • Con 200 o más empleados: hasta el 3% de su fuerza laboral.

El proyecto aclara que los pasantes no pueden sustituir empleos formales. Si una empresa desea exceder el número permitido, deberá solicitar autorización al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).

Pago y condiciones

  • Cada joven recibirá B/.450 mensuales.
  • La pasantía tendrá una duración máxima de un año.
  • No genera relación laboral ni derechos sociales asociados.
  • El monto no será considerado salario, por lo que estará exento de deducciones fiscales y de seguridad social.
  • Las empresas podrán reportar lo pagado como gasto deducible para efectos fiscales.