Panamá Nacionales -  31 de octubre de 2024 - 15:16

MITRADEL informa sobre remuneración por trabajar en fiestas patrias y días puentes

MITRADEL explica que todo trabajador o trabajadora que labore los días 3,5,10 y 28 de noviembre tendrá derecho a recibir un recargo adicional del 150% .

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) ha emitido un comunicado informando a los trabajadores y empleadores sobre la remuneración correspondiente a aquellos que laboren durante las fiestas patrias de noviembre.

Según lo estipulado en el artículo 49 del Código de Trabajo, los trabajadores del sector privado que realicen labores los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre de 2024, tendrán derecho a un recargo del 150% sobre su salario ordinario.

MITRADEL aclara días de descanso obligatorio

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Los días de fiesta o duelo nacional son considerados de descanso obligatorio. Por lo tanto, cualquier trabajador que deba laborar en estas fechas recibirá este recargo, además de tener derecho a un día de descanso adicional a la semana como compensación.

Este año, es importante destacar que los días 3 y 10 de noviembre caen en domingo, lo que significa que el día de descanso se trasladará al lunes 4 y al lunes 11 de noviembre, respectivamente. Según la normativa, si un día de fiesta o duelo nacional coincide con un domingo, el día libre será el lunes inmediato. Por lo tanto, los trabajadores que laboren esos lunes recibirán un recargo adicional del 50% sobre su salario diario normal.

El objetivo de este comunicado es garantizar que tanto empleadores como trabajadores conozcan las disposiciones adecuadas para la remuneración de quienes laboren durante las festividades patrias, de conformidad con el Código de Trabajo.

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