El pago de los intereses acumulados del CEPADEM, mediante los Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora (CEPANIM) a jubilados, pensionados y herederos, iniciará a partir del mes de junio, según lo establecido tras la sanción de la Ley 506.
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Pago CEPADEM: MEF coordina entrega de los certificados CEPANIM mediante citas digitales
¿Cómo se realizará el pago?
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será la entidad encargada de coordinar y comunicar oficialmente el calendario, así como el mecanismo de registro y entrega.
Los beneficiarios deberán:
- Registrarse previamente
- Agendar una cita digital
- Acudir en la fecha asignada para retirar su certificado
Cada CEPANIM contendrá:
- Nombre del beneficiario
- Monto a recibir
- Fecha de vencimiento
Características de los CEPANIM
Las autoridades aclararon que estos certificados:
- Son transferibles
- Están exentos de impuestos
- No pueden ser embargados
En los casos en que el beneficiario haya fallecido, sus herederos podrán gestionar el cobro de los intereses acumulados, cumpliendo con los trámites legales correspondientes ante las autoridades competentes.
Pago de una deuda histórica
La entrega de los CEPANIM forma parte del cumplimiento de una deuda histórica del Estado panameño, luego de que el presidente José Raúl Mulino sancionara la Ley 506, que ordena el pago de los intereses por mora generados por la retención de la segunda partida del décimo tercer mes, correspondiente a los años 1972 a 1983.
La normativa beneficiará a:
- Servidores públicos
- Trabajadores del sector privado
que laboraron durante ese período y mantuvieron vigente, por más de cuatro décadas, su reclamación por este derecho laboral.
Durante su conferencia semanal, horas antes de la firma de la ley, el mandatario reiteró que el Estado honrará este compromiso, destacando que se trata de una obligación pendiente con miles de panameños.





