Panamá Nacionales -  20 de marzo de 2024 - 09:38

PASE-U 2024: ¿A quiénes se les cancela los pagos del IFARHU?

En abril, los estudiantes de primaria, premedia y media cobrarán el primer pago del PASE-U y de los diversos programas de becas del IFARHU.

Ana Canto
Por Ana Canto

En abril, el Programa de Asistencia Social Educativa Universal (PASE-U) se pagará a estudiantes de primaria, premedia y media, así como a los beneficiarios de las becas vigentes para el año 2024. Será necesario presentar la constancia de matricula de los alumnos de los centros educativos oficiales y particulares para recibir el recurso.

Sin embargo, estos desembolsos pueden ser cancelados a niños y adolescentes que no cumplan con los requisitos establecidos por el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos (IFARHU) durante el resto del año.

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PASE-U: ¿A quiénes se les cancela según el IFARHU?

  • A los estudiantes que no cumplan con la asistencia legalmente establecida en la norma para primaria, premedia y media, de acuerdo con lo requerido para cada asignatura.
  • Reprueben en 2 ocasiones el mismo grado escolar, cuando se trate de estudiantes de educación primaria. De darse esta situación, el beneficio se otorgará nuevamente una vez el estudiante avance al siguiente grado escolar.
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Programa de Asistencia Social Educativa (PASE-U).

Programa de Asistencia Social Educativa (PASE-U).

  • Reprueben hasta 3 asignaturas al final del año escolar, cuando se trate de estudiantes de educación premedia y media, independientemente de que sean aprobadas en el programa de recuperación académica. De darse esta situación, se le restablece el beneficio el año escolar siguiente. En caso de no haber aprobado la materia o las materias se les cancelará el beneficio.
  • No hacer uso adecuado del beneficio otorgado por el programa.
  • La no asistencia del acudiendo o tutor legal del estudiante a las reuniones de seguimiento académico y de conducta con los maestros y tutores, según el calendario del centro educativo.
  • Haber sido sancionado con expulsión, conforme lo establecido en las normas que regulan el régimen disciplinario para los estudiantes.
  • Incurrir en infracciones a la Ley penal confirmada mediante sentencia en firme.
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  • Presentar o utilizar documentos falsificados o adulterados, con la finalidad de optar con el beneficio del programa, sin perjuicio de la responsabilidad penal correspondiente.
  • Trasladarse de un centro educativo particular que no cumple con los requerimientos establecidos en la Ley.
  • Cuando el acudiente o tutor legal del estudiante renuncie de manera expresa, mediante comunicación escrita al Ministerio de Educación al beneficio otorgado por el programa. En caso de renuncia al beneficio, el Gabinete Psicopedagógico, en su defecto, la Dirección del centro educativo, realizará una investigación con el objeto de certificar que este acto no afecta el interés fundamental del estudiante.
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