Panamá Nacionales -  16 de noviembre de 2025 - 09:16

¿Tienen derecho a huelga los trabajadores del sector público? MITRADEL aclara con nuevo decreto

El Decreto Ejecutivo 11 de 2025 regula las huelgas en el sector público y define qué servicios son esenciales. MITRADEL explica los alcances.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El tema del derecho a huelga en el sector público volvió al debate nacional, luego de la entrada en vigor del Decreto Ejecutivo 11 del 11 de noviembre de 2025, que regula varios artículos del Código de Trabajo relacionados con las huelgas en servicios públicos.

La ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackelyn Muñoz, afirmó que el decreto no elimina ni prohíbe el derecho a huelga, pero establece límites para evitar afectaciones graves al funcionamiento del país y a la población.

“El derecho a huelga lo tienen todos los trabajadores cuando se hace de forma correcta, pero no podemos dañar al pueblo panameño ni permitir que un solo sector paralice al país”, advirtió la ministra. “El derecho a huelga lo tienen todos los trabajadores cuando se hace de forma correcta, pero no podemos dañar al pueblo panameño ni permitir que un solo sector paralice al país”, advirtió la ministra.

MITRADEL aclara: ¿Qué regula el nuevo decreto a huelga?

El Decreto Ejecutivo No. 11 reglamenta los artículos 485, 486, 487 y 488 del Código de Trabajo y establece los parámetros y condiciones para ejercer la huelga dentro del sector público.

Entre otros puntos, el documento define qué servicios se consideran esenciales, lo que implica que su paralización puede estar sujeta a restricciones o procedimientos especiales.

Servicios públicos definidos como esenciales

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Los sectores mencionados en el decreto incluyen:

  • Suministro de energía eléctrica
  • Agua potable
  • Transporte público y movilidad urbana (incluye Metro y MiBus)
  • Servicios hospitalarios y de salud
  • Operaciones portuarias
  • Seguridad, emergencias y rescate (SENAN, SINAPROC, bomberos, 911)
  • Canal de Panamá
  • Servicios de telecomunicaciones y operación crítica del Estado

En estos casos, la huelga podrá realizarse únicamente bajo condiciones que garanticen la continuidad mínima del servicio.

Reacciones y debate

El decreto ha generado reacciones entre sindicatos y juristas. Algunos gremios consideran que se trata de una limitación al derecho constitucional, mientras que otros sectores afirman que es necesario para evitar colapsos en servicios básicos.

El Gobierno explica que la regulación responde a estándares internacionales que permiten restringir parcialmente el derecho a huelga en actividades vitales para la población.

¿Qué significa en la práctica?

  • El derecho a huelga sigue existiendo para el sector público
  • Habrá condiciones especiales para actividades declaradas esenciales
  • Las paralizaciones totales en servicios críticos podrían ser sancionadas
  • Sindicatos deberán seguir nuevos procedimientos antes de convocar huelgas

MITRADEL reiteró que el objetivo es garantizar el equilibrio entre el derecho sindical y el derecho de la ciudadanía a los servicios básicos.

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