El Grupo Figali había presentado una demanda contencioso administrativa de reparación directa contra la Autoridad Marítima de Panamá, la cual no fue admitida por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Grupo Figali Internacional S.A. estaba exigiendo el pago de B/.261,000,000 (doscientos sesenta y un millones de balboas), en concepto de daños y perjuicios materiales y morales.
La sala ante mencionada decidió desestimar el recurso porque Grupo Figali no utilizó la vía idónea para obtener el resarcimiento por supuesto incumplimiento del contrato.




