La expropiación de 14 fincas de Juan Hombrón, en la provincia de Coclé, fue ordenada mediante Decreto Ejecutivo N° 425, el cual establece que “no habrá indemnización”, sin embargo el abogado Guillermo Márquez Amado, ex magistrado del Tribunal Electoral, explicó que los dueños sí tienen derecho a compensación.
Según el Decreto, el Órgano Ejecutivo puede ordenar la expropiación u ocupación de la privada en caso de guerra, grave perturbación del orden público o de interés social urgente. No obstante, Márquez Amado explicó detalladamente que la expropiación es una garantía concebida por la Constitución para proteger la propiedad privada y establece la indemnización precisamente para compensar a quienes se vean privados de la propiedad.
Añadió que no se puede considerar una expropiación sin que haya una indemnización.




