A los comercios que violen la resolución AN No. 6131-Elec del 6 de mayo del 2013, que ordena que las personas naturales o jurídicas que utilicen iluminación comercial o anuncios publicitarios luminosos solo lo hagan en un horario de 6:00 pm. a 10:00 p.m. hasta que se revalúe la situación energética del país; serán sancionados por la Autoridad de Servicios Públicos, quienes reiteraron que no vacilarán en tomar acciones.
La ASEP realiza inspecciones diarias para esto y hace un llamado a los comercios a cumplir la norma establecida.
Esta iniciativa surge luego de que el Gobierno Nacional implementara medidas de ahorro energético, esto ante la escasez de lluvias que mantiene los embalses, que alimentan las principales hidroeléctricas del país, en los niveles mínimos de agua.


