A partir del mes de mayo, la Dirección de Comercialización del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (Idaan), procederá a suspender el suministro de agua potable y secuestrar bienes a todos los usuarios que adeuden 300 dólares o más, así lo anunciaron funcionarios durante una conferencia de prensa ofrecida este lunes.
Raymundo González, secretario judicial del Juzgado Ejecutor, indicó que tan pronto la cuenta caiga en morosidad (tres meses en adelante), inmediatamente se le suspenderá el servicio de agua potable al cliente, y el secuestro de bienes se aplicará cuando la factura cumpla un término de 30 a 45 días después de los tres meses de deuda.
Por otro lado, explicó que las medidas se sustentan en los alcances de la Ley 77 del 28 de diciembre de 2001, que se refiere a los fundamentos de la jurisdicción coactiva, que tiene cada institución para poder recuperar su morosidad.
Asimismo, Jesús Arrocha, Director de Comercialización del Idaan, enfatizó que entre las propiedades con mayores incidencias de secuestros están las fincas y los terrenos, le siguen los vehículos, las cuentas bancarias y como último recurso el 15% del salario, que se aplicará a todo cliente que tiene como costumbre, no honrar el compromiso de pagar por el servicio de agua potable.
Sobre este tema, subrayó que el presente año se han retenido 600 bienes de clientes que mantenían deudas pendientes con la institución.
Arrocha puntualizó que los bienes serán liberados, cuando el cliente cancele en su totalidad la deuda. Indicó que las provincias que mantienen la mayor cantidad de bienes secuestrados están las de Panamá, Chiriquí y Colón.
Cabe destacar que estas acciones, de secuestros de bienes, se han tomado para hacerle frente a la morosidad que asciende a los 89 millones de dólares, toda vez que es problema de voluntad, ya que el pago por el servicio de agua no amerita que se deje de pagar, concluyó.
En cuanto a la jurisdicción coactiva, Arrocha acotó que el IDAAN está supeditado a hasta la suspensión y corte del suministro por morosidad. En cambio el Juzgado Ejecutor, tiene la misión de investigar y confirmar si el cliente moroso tiene bienes, cuentas bancarias, cuentas donde recibe sus pagos de salarios o cuentas de ahorros, bienes (fincas, terrenos, vehículos), para a través de la jurisdicción coactiva, recuperar la morosidad adeuda a la institución.