El Consejo de Gabinete de Panamá aprobó esta noche un proyecto de ley para reestructurar y reforzar las medidas de retorsión, incluyendo la creación de una lista de países que discriminan.
El documento fue avalado por el presidente Juan Carlos Varela y sus ministros de Estado después de conocer la decisión de Colombia de mantener vigentes, los aranceles a textiles y calzados de la Zona Libre de Colón, pese a que un fallo de la Organización Mundial de Comercio (OMC) ordenó levantarlos.
El proyecto de ley subroga la Ley 58 de 12 de diciembre de 2002 y reesctructura las medidas de retorsión. La iniciativa incluye nuevas definiciones, alcances, y una lista para distinguir a los países o Estados que discriminen o impliquen una lesión a los intereses económicos o bien comercial de Panamá.
La Lista de Estados que Discriminen será administrada, publicada y actualizada por el Ministerio de Economía y FInanzas, el Ministerio de Comercio e Industrias y el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante una resolución interministerial.
El Consejo de Gabinete tendrá la responsabilidad de determinar las medidas que se aplican a dichos Estados y las medidas que ayuden a la defensa de los intereses económicos, entre éstos, detallan:
Medidas tributarias, respecto a la determinación de los impuestos aplicables sobre dividendos o remesas al exterior que sean pagados o acreditados, en concepto de intereses, regalías, comisiones, honorarios o cualquier otra clase de rentas producidas en el territorio de la República de Panamá, según lo dispuesto en el Código Fiscal. Medidas de incremento arancelario, a las personas naturales o jurídicas procedentes de Estados que discriminan contra la República de Panamá. Medidas migratorias y laborales a los nacionales de las jurisdicciones listadas en la Lista de Estados que Discriminan. Restricción o suspensión a personas naturales o jurídicas originarias del Estado sancionado, incorporadas en cualquier otra jurisdicción cuyos beneficiarios finales sean nacionales del Estado sancionado, en cualquier proceso de contratación pública u otorgamiento de nuevas concesiones, permisos o autorizaciones, incluyendo de comercio, servicios públicos, transporte terrestre, aéreo o marítimo, de extracción, explotación de metales, hidrocarburos, uso de suelos, subsuelos, suelo marítimo, recursos naturales, o renovables de cualquier tipo. Restricción o suspensión del movimiento de transporte terrestre, aéreo y marítimo de carga y de pasajeros; incluyendo el movimiento o transporte de cargas peligrosas bajo la Clase 7 de a la clasificación de carga peligrosa de la Organización Marítima Internacional (material radioactivo), para lo cual tomará en consideración tanto la nacionalidad del medio de transporte como la de carga, así como puerto de origen y destino. Cualquier otra medida que tenga a bien aplicar el Consejo de Gabinete. De acuerdo con la comunicación oficial, el Ministerio de Relaciones Exteriores notificará por la vía diplomática al Estado que discrimine y su ingreso a la lista e invitará a las autoridades a iniciar negociaciones para corregir o eliminar las acciones restrictivas.
El documento aprobado hoy será entregado por el titular de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia a la Asamblea Nacional.