Panamá Nacionales -  17 de mayo de 2017 - 19:51

Tribunal Superior revoca incidente de nulidad en proceso contra Ferrufino

La Resolución de Nulidad N° 25 de 30 de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Primero de lo Penal del Primer Circuito Judicial, mediante la cual se decretó la nulidad del proceso seguido contra el exministro de Desarrollo Social Guillermo Ferrufino y otras personas, fue revocada.

La decisión fue tomada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, cuyos magistrados ponentes del fallo dictado el 28 de abril de 2017 son la magistrada Suplente Especial, Clelia De La Rosa Mendoza y el magistrado Adolfo Mejía.

Además se ordenó que se continúe con la investigación dentro del proceso por el supuesto delito contra el orden económico en la modalidad de blanqueo de capitales y contra la fe pública, ésto tras una apelación presentada por la Fiscal Séptima Anticorrupción, Alexandra Vence Font.

El incidente de nulidad señala entre sus argumentos que la investigación es por los mismos hechos que guardan relación con un “Informe de Auditoría”, el cual generó dos procesos que se encuentran en los respectivos tribunales para su calificación, mientras que la Fiscalía señala en sus alegaciones que “la investigación de enriquecimiento injustificado, que instruyó la Fiscalía Primera Anticorrupción, son causas separadas, en momentos distintos, aclarando que su despacho solicitó acumulación sobre las causas N°03-16 y 09-16 y que las dos causas nacen con origen independiente en noticias generadas en la Fiscalía Primera Anticorrupción”.

Agrega que su despacho no investiga los mismos hechos ya agotados, sino que la investigación a su cargo toma como delitos precedentes dichas conductas, investiga un delito autónomo y solicitó que la revocación en todas sus partes del auto apelado situación que fue concedida por parte del Segundo Tribunal.

Por su parte el Tribunal Superior indica entre sus conclusiones, que “en una investigación incipiente el Juez no puede quebrantar la regla procesal de la función investigativa que corresponde al Ministerio Público como titular de la acción pública por mandato de la ley, a través de su agencia de instrucción, quien decida en cada caso en particular conforme a los elementos probatorios allegados a la investigación, adelantar o no pesquisas al respecto, siendo la medida más cónsona revocar el Incidente de Nulidad No. 25 de 30 de Diciembre de 2016”.

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FUENTE: Nimay González