El uso de la cédula juvenil será obligatorio como documento de identidad idóneo, para todos los trámites que se realicen, a favor de las personas menores de edad en el Ministerio de Educación (Meduca), según lo establece el Decreto Ejecutivo N° 75 . El documento señala que a partir de su promulgación, será exigible la cédula juvenil, en las normas de legislación educativa que exijan el certificado de nacimiento como requisito para cualquier trámite del Meduca. Cabe mencionar que hasta la fecha se había exigido el certificado de nacimiento como documento idóneo para la identificación legal de las personas menores de edad y estudiantes que ingresan y cursan estudios en los centros educativos a nivel nacional. Sin embargo, el Artículo 16 de la Ley 68 de 2 de noviembre de 2015 “que reorganiza la Dirección Nacional de Cedulación y regula la expedición de los documentos de identidad personal”, ordena al Meduca tomar las medidas pertinentes para hacer efectiva la obligación del uso de la cédula juvenil en el sistema escolar a todos los menores de edad y obviar el requerimiento del certificado de nacimiento, por tener los mismos efectos legales. En virtud de esto, el Tribunal Electoral solicitó al Meduca utilizar la cédula juvenil para todos los trámites que se exijan a la comunidad estudiantil, para la identificación de los mismos.
Establecen uso obligatorio de cédula juvenil para todos los trámites en el Meduca
Te puede interesar:
Pago del PASE-U 2026: IFARHU y MEDUCA avanza en validación de datos de matrícula
En esta nota:



