Panamá Nacionales -  20 de marzo de 2020 - 15:58

Ordenan cierre temporal de establecimientos comerciales en todo Panamá

El Ministerio de Salud (Minsa) de Panamá emitió un nuevo Decreto Ejecutivo , en el cual ordena el cierre temporal de establecimientos comerciales y empresas de personas natural o jurídica en todo el territorio nacional.

Mediante el decreto N°500 del 19 de marzo de 2020 publicado en Gaceta Oficial, se aprobaron medidas sanitarias adicionales para reducir, mitigar y controlar la propagación de la pandemia por el nuevo coronavirus. Empezará a regir a las 11:59 p.m. de este viernes 20 de marzo, y tendrá una vigencia de 30 días calendarios.

Los restaurantes solo para entregas a domicilio u órdenes para llevar.

La medida exceptúa a toda cadena de producción de distribución, comercialización y venta de alimentos, como plantas procesadoras, empacadoras y distribuidoras de alimentos, supermercados, hipermercados, abarroterías, empresas de empaque y envase de alimentos y bebidas.

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También para los comercios de ventas de medicamentos y productos de higiene, equipos de seguridad, materiales de construcción (ferreterías, fabricación y distribución de tanques de gas y de agua).

Este documento exceptúa también los locales de insumos de veterinarios y agrícolas, empresas de mantenimiento, operación, distribución de equipos médicos, fabricantes de empaques e insumos de todos los sectores antes listados, imprentas y lavanderías.

Igualmente, todo lo relacionado con el transporte marítimo, terrestre y aéreo, logística y el Canal de Panamá, tales como aeropuertos, servicios y reparaciones a naves, aeronaves, puertos, corredores de aduanas, Metro de Panamá, Mi Bus, mantenimiento de autos, autopartes, transporte contratado para movilizar a los colaboradores de las empresas incluidas en las excepciones del toque de queda, empresas de servicios de transporte y talleres; transporte de exportación de madera, de combustible y gas. Asimismo, las estaciones de combustible y de gas.

La seguridad privada; abogados idóneos para el ejercicio de la defensa de personas detenidas durante el periodo de toque de queda.

Las empresas de distribución, suministro y transporte de combustible.

Todo lo relacionado con la banca, financieras, seguros y demás servicios financieros, incluyendo a los proveedores de procesamientos electrónico de transacciones, cheques e imágenes a instituciones financieras.

Empresas que brinden servicios públicos como Comunicaciones y transporte, call centers, gasolineras, luz y energía; hospitales, clínicas privadas, clínicas veterinarias, funerarias, salas de cremación y cementerios, entre otras.

En el caso específico de Cobre Panamá , se ordena el cerco sanitario. La misma se mantendrá operando condicionada a que siga las instrucciones y protocolos establecidos por el Minsa.