El Ministerio de Salud (Minsa) de Panamá, mediante Decreto Ejecutivo N°961 del 18 de agosto de 2020 , reglamentó las sanciones aplicadas por la autoridad sanitaria por incumplir las medidas ordenadas por la pandemia del COVID-19.
De acuerdo con el Decreto, los directores de subcentros, centros, policentros de salud y Minsa-Capsi sancionarán con multas desde B/.10.00 hasta B/.500.00 el incumplimiento de medidas de restricción de movilidad, pretender pasar cerco sanitario sin salvoconducto, incumplimiento de uso de mascarilla, incumplir con orden de realización de prueba de diagnóstico para COVID-19, realización de reuniones sin autorización, operación de establecimientos comerciales no autorizados, utilización de parques, áreas deportivas y áreas sociales, y circulación de personas sospechosas por COVID-19.
En tanto, los directores regionales de salud, sancionarán con multas desde B/.501.00 hasta B/.5.000.00 incurrir en grado de residencia las conductas ya descritas, violación de4 cercos sanitarios, realización de actividades de la construcción sin autorización previa del Minsa, circulación de personas sospechosas y positivas por COVID-19.
Mientras que, el director general de salud pública sancionará con multas desde B/.5,001.00 hasta B/.100,000.00 incurrir en gado de reincidencia las conductas sancionadas en primera instancia, y circulación de personas diagnosticadas con COVID-19 sujetas a aislamiento encontradas en supermercados, estaciones de transporte público o áreas de concurrencia masiva.