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Asamblea Nacional se refiere al presupuesto General del Estado del año 2024

La Asamblea Nacional aclara en un comunicado que el Proyecto de Ley No 1041, que dicta el Presupuesto General del Estado-2024, nunca fue retirado.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

La Asamblea Nacional de Panamá informa que el proyecto de Presupuesto General de la Nación 1041, presentado por el Órgano Ejecutivo el 31 de julio de 2023, nunca fue devuelto. El Órgano Legislativo indica que el presidente de la Comisión de Presupuesto, Benicio Robinson, fue quien lo aclaró.

Robinson señala que, una vez analizado el documento con más de 90 instituciones y ministerios del Estado, suspendieron el debate y aprobaron una solicitud de incorporación. Esta solicitud fue recomendada al Ejecutivo a través de la resolución N° 45 del 5 de octubre de 2023, mediante la cual la Comisión sugirió modificaciones al proyecto de ley N° 1,041, "que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal 2024".

Aumento al presupuesto nunca fue sugerido

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El diputado presidente indica que la comisión nunca sugirió aumentar el monto del presupuesto, fijado en B/. 32,754 millones por el Consejo de Gabinete, sino que recomendó una reorganización de los recursos. Esto se hizo para que los fondos no utilizados por algunas dependencias en el cumplimiento de sus presupuestos fueran asignados a otras con mayores necesidades.

La Asamblea Nacional destaca que, durante el proceso de vistas presupuestarias que inició a mediados de agosto y se extendió por un mes y medio, la Comisión de Presupuesto recibió solicitudes de incrementos de 38 instituciones, por un total de B/. 1,076 millones, principalmente destinados a proyectos de inversión.

El Órgano Legislativo indica que, del total mencionado, la Comisión recomendó incrementos equivalentes al dos por ciento de la cifra del presupuesto total. En ningún caso, estos ajustes significaron un aumento en el Presupuesto de la Nación.

Malinterpretaciones del proyecto presupuestario

Robinson lamentó la malinterpretación de que el Presupuesto de la Nación había sido devuelto al Ejecutivo y desconoce las acciones actuales del Ejecutivo respecto a la elaboración de un nuevo presupuesto. Aclaró que el documento en la instancia legislativa solo puede ser votado, rechazado o no votado.

En caso de que el presupuesto no sea votado, la Constitución en el artículo 272 establece la posibilidad de aprobarlo directamente por el Ejecutivo, como ocurrió en 1993 durante el tiempo de Guillermo Endara. Si el presupuesto es rechazado, como sucedió en 2002 durante la gestión de la presidenta Mireya Moscoso, la Constitución en el artículo 273 permite prorrogar el presupuesto del año anterior.

Robinson señala que, en caso de rechazo, la Comisión de Presupuesto tendría que hacer cambios e inclusiones al presupuesto para readecuarlo a la realidad durante la próxima vigencia de 2024.

El único aspecto inalterable sería el "pago del servicio de la deuda pública por aproximadamente B/. 5,700 millones propuestos, más obligaciones contractuales del Estado y el financiamiento de inversiones públicas previamente autorizadas por Ley", según lo determina el Artículo 273 de la Constitución. Esto garantiza que el servicio de la deuda no se deje de pagar en ninguna vigencia fiscal.