La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró, que los descuentos a jubilados, pensionados y adultos de la tercera edad se deben realizar por los agentes económicos del país, ya sean comerciales, restaurantes, turísticos y hotelería.
Para otorgar los descuentos, es indispensable que antes de realizar el pedido o el pago, se identifique que la persona en realidad sí sea un adulto mayor para efectuar su derecho.
¿Cuáles son esos descuentos?
El artículo 1 de la ley sostiene, que los panameños y extranjeros residentes en Panamá, que tengan entre 56 años (mujeres) y 62 años (varones), jubilados o adultos mayores, gozarán de los siguientes porcentajes en descuentos:
- 50% de los precios que se cobren por la entrada a actividades de recreación o entretenimiento.
- 30% en buses interurbanos, trenes, lanchas y barcos.
- 25% en pasajes aéreos de empresas públicas y privadas nacionales o extranjeras.
- Un descuento mínimo en hoteles, moteles y pensiones.
- 15% en la cuenta total por servicios de hospitales y clínicas privadas.
- 20% en medicamentos.
- 50% del valor de los pasaportes.
- 25% en la facturación del consumo mensual de energía eléctrica, de entidad pública o privada, hasta seiscientos kilovatios hora (600kWh). Se aplicará la tarifa normal al excedente de esta suma.
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Sin embargo, estos descuentos no son adoptados por todos los agentes económicos. A esto, el dirigente jubilado Guillermo Cortés, explicó que, cuando existen los denominados combos (varias cosas que vienen juntas o que se venden por el precio de una, RAE), no son aceptados los beneficios, e insta los adultos mayores a conocer sus derechos.


