La Corte Suprema de Justicia (CSJ) decretó como inconstitucionales las listas cerradas para la elección de los diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen), lo que implica que a partir de ahora los aspirantes deberán presentarse directamente al electorado, como ocurre en las elecciones generales.
El fallo elimina las frases contenidas en el artículo 513 del Código Electoral, que establecían el voto por lista cerrada nacional y la selección de la casilla del partido político o candidato presidencial por libre postulación. Asimismo, se anulan disposiciones del artículo 515, relacionadas con la asignación de escaños con base en los votos obtenidos por candidatos presidenciales de libre postulación.
De esta forma, la elección indirecta queda sin efecto y los candidatos al Parlacen deberán conseguir sus propios votos, sin depender del respaldo automático de las nóminas presidenciales.
Opinión de expertos sobre decisión de la Corte Suprema
El sociólogo Danilo Toro consideró la decisión de la Corte como un paso intermedio hacia lo que debería ser una revisión profunda del rol de Panamá en el Parlacen.
“Curiosamente, el Parlacen fue creado como una expectativa de pacificación en los años 80, pero con el tiempo terminó siendo una manera vulgar, escandalosa e intolerable de que el Estado le provea de inmunidad a personas que no lo merecen”, opinó Toro.
El fallo marca un cambio importante en la manera en que se definirán los escaños de Panamá en el organismo regional y podría abrir el debate sobre la pertinencia del país dentro de este foro centroamericano.