Los jubilados y pensionados se mantienen a la expectativa del pronunciamiento oficial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tras la aprobación de la Ley 506 del 15 de enero de 2026, que establece el mecanismo para el pago de los décimos tercer mes retenidos entre 1972 y 1983, así como sus intereses.
CEPANIM: jubilados, pensionados y herederos esperan reglamentación
Así lo indicó Guillermo Cortez, dirigente de los jubilados, quien explicó que, aunque la ley ya está vigente, es necesario esperar la reglamentación oficial para conocer los detalles finales del proceso de cobro.
Décimos retenidos: ¿Cómo se calcularía el monto a cobrar?
Mientras se emite la reglamentación, Cortez señaló que es posible realizar un cálculo aproximado tomando como referencia los décimos tercer mes de la época.
No obstante, recalcó que estos cálculos no sustituyen la tabla oficial que deberá publicar el MEF.
MEF publicará tabla oficial y habilitará registro de beneficiarios
El dirigente adelantó que el Ministerio de Economía y Finanzas trabaja en una tabla de cálculo oficial, la cual permitirá determinar de forma precisa los montos a pagar tanto por los décimos retenidos como por los intereses correspondientes.
Este sistema digital buscará ordenar el proceso de pagos y facilitar el acceso de los jubilados a la información, especialmente para quienes residen en áreas alejadas.
Las organizaciones de jubilados reiteraron el llamado a la población beneficiaria a mantenerse informada por canales oficiales y a evitar intermediarios mientras se anuncian los detalles finales del procedimiento.