Este lunes 15 de agosto inició la moratoria para el pago de impuestos y tributos sin recargos ni intereses en la Alcaldía de Panamá.
Para que los clientes puedan acceder a este beneficio deben realizar un arreglo de pago o cancelar la totalidad de la deuda.
VER NOTA: 46 mil contribuyentes del distrito de Panamá podrán beneficiarse de la moratoria
La Alcaldía de Panamá indicó que como requisito mínimo el contribuyente no debe mantener declaraciones juradas pendientes de presentación, ni arreglos de pago activos a la fecha.
Se exceptúan de esta exoneración las multas por sanciones, otros impresos, ingeniería, tasa por revisión de planos (por cada hoja), cartón de permiso de construcción, impuesto de construcción, edificación y reedificación ocupacional, y el uso de aceras para propósitos varios.
Igualmente, no podrán obtener el beneficio de la moratoria las personas naturales o jurídicas que han establecidos negocios o empresas que han omitido comunicarlo.
De acuerdo a la morosidad del contribuyente se aplicará la siguiente tabla:





