Los jubilados, pensionados y adultos mayores podrían acceder a nuevos descuentos en productos y servicios si las modificaciones contempladas en la Ley N.° 226 son sancionadas por el presidente de la República.
Contenido de interés: Jubilados y pensionados: Asamblea aprueba aumento de descuentos
¿Cuáles son los nuevos descuentos para jubilados y pensionados?
Entre los beneficios contemplados se encuentran: Medicamentos: 30% de descuento
El proyecto aumenta de forma significativa el descuento aplicable a los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad en la compra de medicamentos, estableciéndolo en 30%.
Servicios de salud: 15% de descuento
También se incorpora un descuento de 15% para servicios prestados por:
- Laboratorios privados.
- Centros de imagenología.
- Otros establecimientos de servicios de salud contemplados en la modificación.
Agua: 30% de descuento
- Los beneficiarios tendrían un 30% de descuento sobre la tarifa del servicio de agua, siempre que el consumo no supere los B/.30.00.
Internet: 30% de descuento
- El mismo porcentaje, 30%, se aplicaría al servicio de Internet cuando el contrato tenga un valor de hasta B/.50.00.
Pañales y artículos de movilidad
La propuesta también incorpora descuentos para la adquisición de determinados insumos y artículos, entre ellos:
- Pañales desechables.
- Sillas de ruedas.
- Muletas.
- Bastones.
- Andaderas.
- Otros artículos contemplados dentro de la modificación.
¿Qué beneficio tendrán los comercios que otorguen los descuentos?
La modificación del Artículo 6 de la ley original establece un incentivo fiscal para los contribuyentes que otorguen estos descuentos.
Según la propuesta, los descuentos serían deducibles en un 100% como crédito fiscal del impuesto sobre la renta.
Los contribuyentes podrían utilizar este crédito para compensar el impuesto correspondiente al período fiscal en el que se generen los descuentos.
¿Cuándo comenzarían a aplicarse?
Este punto es importante: los nuevos descuentos todavía no deben considerarse vigentes. Para que la modificación se convierta en ley, debe completar el trámite correspondiente y ser sancionada por el presidente de la República.
Por ello, los jubilados, pensionados y adultos mayores deberán esperar a que concluya el proceso legal para conocer cuándo entrarían en vigor los nuevos beneficios.




