Panamá Nacionales -  27 de noviembre de 2023 - 07:43

Primer pago a jubilados y pensionados de la CSS en diciembre

El primer pago a los jubilados y pensionados durante el mes de diciembre tiene su fecha establecida en el calendario de la Caja de Seguro Social (CSS).

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El primer pago durante el mes de diciembre para los jubilados y pensionados será a partir del martes 5 de diciembre, para este día la Caja de Seguro Social (CSS), realizará el desembolso mediante acreditación bancaria conocida como (ACH), quiere decir que los beneficiarios podrán retira su dinero mediante su tarjeta clave.

Por otro lado, aquellos que cobren su dinero mediante cheque, la CSS realizará la entrega en los centros de pago y área metropolitana a partir del miércoles 6 de diciembre.

Para lograr jubilarse es importante estar afiliado en la CSS, la entidad explica que todos los trabajadores, nacionales o extranjeros, que prestan servicios en la República de Panamá están obligados a inscribirse en el régimen de la entidad, según lo establece el artículo 77 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005.

Jubilados y pensionados: ¿Cómo se calcula el pago mensual?

Según la Caja de Seguro Social (CSS), los jubilados y pensionados se retiran de su vida laboral cobrando el 60% del salario base mensual de sus últimos 10 años y se escogen los mejores salarios que haya devengado el trabajador. Añadido a esto, el ciudadano deberá cumplir con las cuotas establecidas por la Ley Orgánica de la entidad.

Cuotas por la CSS en años laborales para jubilarse

  • e 180 a 215 cuotas desde el 1º de enero 2008 hasta el 31 de diciembre 2012.
  • De 180 a 239 cuotas a partir del 1º de enero del 2013.

En la actualidad, algunas personas no pueden jubilarse porque no cuentan con las 239 cuotas, y en ese caso, la CSS les otorga una "Pensión Vitalicia" debido a que no alcanzaron las cuotas, y el margen a utilizar es la cuota de 180, según rige la Ley Orgánica de la CSS.

El cálculo se hará igual que la Pensión de Vejez por Retiro Anticipado, con la diferencia de que al resultado obtenido se le multiplicará por el factor que resulte de dividir el número de cuotas efectivamente aportadas entre el número de cuotas de referencia.