La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reitera a los contribuyentes que tienen un plazo hasta el 30 de abril para la presentación de declaración jurada de renta persona jurídica.
Todos los contribuyentes que no pudieron cumplir con su declaración, tienen la opción de solicitar prórroga, la cual le otorga un mes adicional para presentarla sin multa, según lo indica el parágrafo 5 del artículo 710, del Código Fiscal.
La DGI les recuerda a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias oportunamente para evitar intereses y recargos.