El tema de los diputados y suplentes con dos salarios fue abordado por el exmagistrado del Tribunal Electoral, Guillermo Márquez Amado quien señaló que el Artículo 156 de la Constitución establece que a excepción de la docencia estos no pueden ejercer ningún otro oficio.
Márquez Amado indicó que de comprobarse que una persona está ejerciendo 2 cargos de manera simultánea la Contraloría General de la República deberá suspender del cargo (diputado o suplente) y las remuneraciones que implican esos cargos.
Según el exmagistrado la Contraloría tiene la facultad para establecer si se retira o no la remuneración al funcionario que ejerza dos cargos, toda vez que dentro de sus facultades está la de velar por que los bienes y recursos del Estado se utilicen responsablemente.
Manifestó que aquellos diputados y suplentes que no estén conformes con la situación tienen la opción de reclamar ante la Sala Tercera Corte Suprema de Justicia, responsable de lo Contencioso Admisntrativo.
FUENTE: Ricardo Richards