Panamá Nacionales -  26 de julio de 2017 - 14:49

Alianzas presentan argumentos a favor y en contra del matrimonio igualitario

La Alianza Pro Igualdad y la Alianza Panameña por la Vida y la Familia, presentaron este miércoles ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), una serie de argumentos a favor y en contra de la advertencia de inconstitucionalidad interpuesta contra artículos del Código de la Familia de la República de Panamá que prohíben el matrimonio igualitario.

Esto, a pocos días para que culmine el período de presentar ante el Órgano Judicial alegatos por escrito acerca de la demanda propuesta por la firma Morgan & Morgan, a nombre de Enrique Raúl Jelensky Carvajal y John Winstanley, para que se declare inconstitucional el Artículo 26, que establece “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer...”, así como los artículos 34 y 35 que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Un grupo de abogados que integran la Alianza Pro Igualdad, y en representación de personas individuales, organizaciones sin fines de lucro y empresas privadas, través de un "Amicus Curiae", sustentaron 10 argumentos, entre estos consideran como discriminatoria la frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el Artículo 26 de la Ley N° 3 del 17 de mayo de 1994 al otorgar la posibilidad del matrimonio exclusivamente a personas de sexos opuestos.

Indican que negar la posibilidad de que parejas del mismo sexo puedan desarrollar un proyecto de vida juntas, a través del matrimonio, conlleva un acto de discriminación desde el estado y trae como consecuencia que estas parejas vivan al margen del respeto y de la garantía de sus derechos, quedando sus familias sin reconocimiento jurídico específico y en un estado de inseguridad legal.

Asimismo, creen que “todas las personas tienen derecho en igualdad de condiciones a gozar de la totalidad de los deberes, derechos y oportunidades que un Estado provee y reconoce, sin distinción ni discriminación”.

Por su parte, el abogado Francisco Carreira, por la Alianza Panameña por la Vida y la Familia explicó que el tema principal es que la ley panameña prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo y eso es lo que queremos que se mantenga.

"La marcha del 3 de julio fue es un mensaje alto y claro al respecto", añadió el jurista.

Una vez concluya el período de 10 días la Presidencia de la CSJ convocará a reunión ordinaria o extraordinaria del Pleno y agendará el expediente 1042-16 y el 315 -17 con el fin de discutir observaciones, (de encontrarse en la misma etapa procesal, tal como lo señala la Ley) o las observaciones que se presenten al o a los proyectos de fallo previamente sometidos a la lectura simultánea de todos los miembros de la Corte Suprema de Justicia, o si así lo solicita el o los ponentes o cualquier miembro titular o suplente del Pleno.

Las demandas de inconstitucionalidad han despertado preocupación entre defensores de la familia tradicional ante la posibilidad de que la decisión de la Corte abra las puertas al matrimonio entre homosexuales.

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FUENTE: Odalis Núñez