El director General de Ingresos (DGI), David Hidalgo junto al abogado Walter Mariscal, explicaron el mecanismo para registrar una propiedad como patrimonio familiar tributario y la retención del impuesto de inmueble por parte de los bancos.
Explicó que con el Decreto Ejecutivo N° 362 del jueves 29 de noviembre de 2018 , que reglamenta el mecanismo de retención se hará un cobro ordenado del impuesto impuesto de inmueble, ya que muchas personas desconocen que tienen que pagar.
Sobre qué propiedades serán objeto de retención Hidalgo señaló que los bancos de licencia general y otras entidades, retendrán el impuesto de propiedades que hayan financiado, dígase segundas viviendas, terrenos, propiedades comerciales e industriales que tengan que pagar impuesto de inmuebles y tengan un financiamiento vigente.
Quedan excluidas las propiedades registradas como patrimonio familiar o vivienda principal, así como las viviendas que estén exoneradas del impuesto.
Este mecanismo establece quienes son responsables del pago de la retención del Impuesto de inmuebles, las personas naturales o jurídicas que tengan la condición de deudor, con independencia de que el mismo sea el propietario de dicho inmueble.
FUENTE: Odalis Núñez