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Establecen procedimiento de evaluación para la comercialización e importación de bolsas plásticas

Una resolución mediante la que se establece el procedimiento de evaluación de la conformidad para la comercialización e importación de las bolsas plásticas en la República de Panamá, fue promulgada este viernes en Gaceta Oficial.

Se trata de la Resolución No. 24 de 22 de marzo de 2019, del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la cual indica que “se hace necesario establecer los procedimientos de evaluación de la conformidad, a efecto de contar con un mecanismo que permita determinar la ausencia o presencia de polietileno en las bolsas.

Según detalla el documento, los fabricantes nacionales y los importadores deben demostrar, previamente a su comercialización, el cumplimiento de este documento normativo, a través de una copia autenticada por la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI) del MICI, siendo el organismo nacional encargado del proceso de normalización técnica, evaluación de la conformidad y certificación de calidad.

Asimismo, los comerciantes que importen bolsas de plástico, deben solicitar a la DGNTI el Certificado de Reconocimiento con el enlace de una norma internacional, regional o nacional, que certifique el método de prueba utilizado para garantizar la no presencia de polietileno en las bolsas.

Mientras que en los casos de bolsas importadas que no cuenten con un certificado de conformidad de origen internacional, el fabricante o el importador deberá solicitar a la DGNTI un Certificado de Conformidad de acuerdo a una norma internacional, regional o nacional que especifique el método de prueba que se utilizó para determinar la no presencial de polietileno.

Cabe mencionar que con esta normativa se busca cumplir con lo establecido en la Ley 1 de 9 de enero de 2018, que prohíbe el uso de bolsas de polietileno en los supermercados, autoservicios, almacenes o comercios en general, para el transporte de productos o mercadería, y se estableció un plazo de 18 meses después de su promulgación para su reemplazo progresivo en los supermercados, farmacias y minoristas, y de 24 meses para los almacenes y mayoristas, cumpliendose estos plazos el 20 de julio de 2019 y el 20 de enero de 2020, respectivamente.

FUENTE: Nimay González