Panamá Nacionales -  2 de mayo de 2023 - 12:53

ATTT: ¿Qué hacer en caso de tener un accidente de tránsito?

En caso de accidente de tránsito donde las dos partes se encuentren en el lugar, deberán seguir el procedimiento de accidentes de tránsito de la ATTT.

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) recuerda a los ciudadanos sobre la importancia de seguir el debido procedimiento en el momento de tener un accidente de tránsito en el país. Recordando que en caso de colisión y fuga de la otra persona, usted deberá dirigirse a la garita más cercana al lugar de los hechos a poner su denuncia.

En caso de accidente de tránsito donde las dos partes se encuentren en el lugar (no haya habido fuga de alguno de los conductores) deberán seguir el Procedimiento de Accidentes de Tránsito que dicta en el Artículo 210. "Todo accidente de tránsito que ocurra en vías públicas, así como en áreas de accesos públicos, será atendido por el inspector de tránsito de la Policía Nacional y puesto en el conocimiento de los Juzgados de Tránsito para su tramitación, excepto cuando se registren víctimas fatales".

Dando a entender que antes de mover el vehículo y llamar a personas terceras, el conductor tiene la responsabilidad de comunicarse al número 104 para asistencia policial.

El Artículo 211 dicta que: "Ocurrido un accidente de tránsito, el inspector levantará un informe escrito de los acontecido, denominado "parte policivo" el cual contendrá:

Las generales de los conductores y vehículos y de cualquier persona o bien involucrado, nombre de los lesionados o de los fallecidos si lo hubiere, nombre de de los testigos presenciales si se encuentran en el área o lugar del accidente.

Vea los siguientes puntos que contiene el Artículo 211 del Procedimiento de Accidentes de Tránsito:

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Para conocer más información de los procesos a seguir en casos de emergencias de tránsito acceda a la página web de la ATTT: www.transito.gob.pa/emergencias

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