Panamá Nacionales -  9 de diciembre de 2023 - 09:35

Bono navideño para funcionarios del MIRE: ¿De cuánto sería el monto?

Para recibir este bono navideño los funcionarios deben tener salarios iguales o inferiores a B/.2,500.00 mensuales, incluyendo sobresueldos por jefaturas y gastos de representación.

Por la suma de B/.200.00, los funcionarios que laboran en el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIRE) podrían recibir el pago del bono navideño, según lo autoriza la Resolución Administrativa N° 861 del jueves 18 de mayo.

Es importante señalar que mediante esta resolución, el bono podría ser ajustado, disminuido o eliminado de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de la institución.

Para ser elegible y recibir este bono, los funcionarios deben tener salarios iguales o inferiores a B/.2,500.00 mensuales, incluyendo sobresueldos por jefaturas y gastos de representación. Además, deben haber trabajado en la sede del ministerio durante los 30 días de cada año y haber cumplido 6 meses de servicio a la institución en la fecha de entrega.

Asimismo, los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular que se encuentren en la sede durante seis meses y hayan completado una evaluación de desempeño laboral en el periodo de enero a septiembre de la vigencia fiscal también son elegibles.

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Bono navideño para funcionarios del Órgano Judicial: ¿Quiénes lo reciben?

Bono navideño para funcionarios del Órgano Judicial: ¿Quiénes lo reciben?

Bono navideño para funcionarios del Órgano Judicial

En el caso de los funcionarios del Órgano Judicial (OJ), se espera que reciban un bono de Navidad anual por $500.00 durante el mes de diciembre, según lo estipulado por el Acuerdo N°399 del 20 de julio de 2023, publicado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia para los Servidores Judiciales.

La Magistrada María Eugenia López Arias, Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, explicó que la reunión tiene como objetivo someter a consideración y aprobación del Pleno un Acuerdo que reforma el Acuerdo N° 540 de 29 de septiembre de 2016, autorizando el pago de un Bono de Navidad para los Servidores Judiciales y Administrativos del Órgano Judicial.

Se aclara que los Servidores Judiciales exentos de recibir el bono de Navidad son aquellos que ingresen después del 30 de septiembre de cada año correspondiente al pago del Bono.

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