Panamá Nacionales -  15 de abril de 2026 - 15:45

CEPANIM 2026: ¿qué hacer si el jubilado beneficiario falleció? MEF lo explica

Se estima que 424,596 panameños recibirán el CEPANIM, lo que representa una inyección económica total de B/. 250 millones.

Ana Canto
Por Ana Canto

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) avanza en la fase final de pruebas de la plataforma digital que permitirá el registro oficial de los beneficiarios del Certificado de Pago Negociable por Intereses por Mora (CEPANIM).

Según informó la subsecretaria general de la entidad, Ana Matilde Amado, el proceso ha sido diseñado para diferenciar los requisitos entre beneficiarios directos y reclamos de herederos, asegurando que los pagos programados para el mes de junio se realicen de forma ordenada y bajo estricta validación de identidad.

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cepadem - mef
MEF avanza en la plataforma del CEPANIM.

MEF avanza en la plataforma del CEPANIM.

Requisitos para el registro en la página del CEPANIM

Beneficiario vivo

  • Registrar su información
  • Fotografía clara de su cédula de identidad personal

Beneficiario fallecido

En contraste, cuando se trate de un beneficiario fallecido, el derecho al cobro recae sobre el cónyuge, el conviviente en unión de hecho o los hijos, quienes deberán presentar:

Conyugues

  • Certificado de defunción del fallecido
  • Certificado de matrimonio
  • Cédula del conyugue

Conviviente o unión de hecho

  • Certificado de defunción
  • Una resolución judicial emitida por un juez de paz
  • Cédula del conviviente

Reclamo por parte de los hijos

  • Certificado de defunción
  • Certificado de nacimiento del hijo
  • Cédula del hijo

La entidad aclaró que si existe más de un descendiente con derecho al beneficio, los hermanos deberán llegar a un acuerdo para que uno solo realice el registro, dado que todos poseen igualdad de derechos. De no lograrse un consenso, el sistema permitirá el registro de varios hijos; sin embargo, esto obligará a que todos los registrados asistan personalmente a las oficinas del MEF para el retiro del certificado, procedimiento que también deberá repetirse al momento de cambiar el documento en el Banco Nacional o utilizarlo en comercios.

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