Panamá Nacionales -  7 de octubre de 2025 - 07:37

Certificados de incapacidad médica: Desde este 12 de octubre rigen nuevas reglas

Desde el 12 de octubre, el Minsa aplicará nuevas normas para la emisión de certificados de incapacidad médica en Panamá. Conoce quiénes pueden emitirlos.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El Ministerio de Salud (Minsa) anunció que a partir del 12 de octubre de 2025 entrarán en vigencia las nuevas disposiciones sobre la expedición de certificados de incapacidad médica en Panamá, con el objetivo de reforzar los controles y prevenir fraudes.

De acuerdo con el comunicado, los certificados podrán emitirse tanto en formato impreso como electrónico, pero únicamente por médicos y odontólogos idóneos, debidamente registrados ante el Consejo Técnico de Salud.

¿Quiénes pueden solicitar y emitir un certificado de incapacidad?

  • Solicitantes: Pacientes que necesiten justificar una incapacidad ante su empleador o la Caja de Seguro Social (CSS).
  • Emisores: Solo médicos y odontólogos con idoneidad profesional, reconocidos por el Consejo Técnico de Salud.
MINSA - MEDICO - TUBERCULOSIS

Requisitos de los certificados de incapacidad

  • Formato: Impreso o electrónico, ambos con validez legal.
  • Contenido obligatorio: Numeración continua y sucesiva asignada por el Consejo Técnico de Salud, nombre completo del profesional, dirección y teléfono del establecimiento.
  • Registro: Cada certificado debe quedar archivado en el expediente clínico del paciente, junto con el diagnóstico y los detalles de la atención médica.

El decreto del Minsa busca fortalecer el control de las incapacidades médicas y combatir la emisión fraudulenta de estos documentos, promoviendo la transparencia en el sistema de salud y laboral del país.

Con estas medidas, las autoridades sanitarias esperan garantizar que las incapacidades médicas emitidas sean legítimas y respondan a un diagnóstico real, protegiendo tanto a los trabajadores como a las instituciones.