Panamá Nacionales -  30 de septiembre de 2025 - 09:25

Certificado de Incapacidad: ¿Cuándo inician las restricciones en Panamá?

Desde el 12 de octubre de 2025, un certificado de incapacidad en Panamá solo podrán ser emitidos por médicos y odontólogos idóneos, impresos o electrónicos.

Estos documentos podrán emitirse en formato impreso o electrónico, pero únicamente por médicos y odontólogos idóneos, con el fin de garantizar su autenticidad y evitar fraudes.

¿Quiénes pueden solicitar y emitir un certificado de incapacidad?

  • Solicitantes: Pacientes que requieran acreditar una incapacidad ante su empleador o la Caja de Seguro Social (CSS).
  • Emisores: Solo médicos y odontólogos con idoneidad, registrados en el Consejo Técnico de Salud.
Certificados médicos de incapacidad en Panamá

Requisitos de los certificados

  • Formato: Impreso o electrónico, ambos con validez legal.
  • Contenido obligatorio: Numeración continua y sucesiva del Consejo Técnico de Salud, nombre completo del profesional, dirección y teléfono del establecimiento.
  • Registro: El documento debe quedar archivado en el expediente clínico del paciente, junto al diagnóstico y detalles de la atención.

El decreto del Minsa busca fortalecer el control de las incapacidades médicas y combatir la expedición fraudulenta de certificados, asegurando transparencia en el sistema de salud y laboral.