La Universidad de Panamá cuenta oficialmente con un nuevo Código de Ética, un instrumento normativo que establece los principios, valores y normas de conducta que deben regir el comportamiento de autoridades, docentes, estudiantes y personal administrativo de esta casa de estudios superiores.
El documento, aprobado por el Consejo General Universitario, fue publicado en la Gaceta Oficial Digital No. 30428-B del 19 de diciembre de 2025, y tiene como objetivo promover una cultura institucional basada en la integridad, el respeto, la responsabilidad, la honestidad y la justicia, fortaleciendo la confianza de la sociedad en la universidad pública panameña.
Nuevo Código de Ética de la Universidad de Panamá
El Código de Ética define principios fundamentales que orientan el quehacer universitario, entre ellos la probidad, equidad, transparencia, compromiso social y respeto a los derechos humanos. Además, establece deberes y prohibiciones para los distintos estamentos universitarios, con el propósito de prevenir conflictos de interés, actos de discriminación, abuso de poder, acoso, corrupción y cualquier conducta que atente contra la dignidad de la comunidad universitaria.
El documento también regula la responsabilidad ética en la docencia, la investigación, la extensión y la gestión administrativa, subrayando la obligación de actuar con rigor académico, el uso responsable de los recursos públicos y el respeto a la propiedad intelectual. Asimismo, resalta la importancia de una convivencia armónica, el diálogo y la resolución pacífica de los conflictos dentro del entorno universitario.
Conductas expresamente prohibidas
El Código de Ética prohíbe, entre otras acciones:
- Utilizar el cargo o función universitaria para obtener beneficios personales o privilegios indebidos.
- Incurrir en conflictos de interés que afecten la objetividad y transparencia.
- Aceptar u ofrecer dádivas que influyan en decisiones académicas o administrativas.
- Cometer actos de corrupción, fraude o malversación de recursos públicos.
- Ejercer discriminación, acoso, hostigamiento o violencia en cualquiera de sus formas.
- Abusar de la autoridad o jerarquía institucional.
- Falsificar o alterar documentos e información institucional.
- Incurrir en plagio o vulnerar la propiedad intelectual.
- Utilizar el nombre o recursos de la Universidad con fines políticos, comerciales o personales sin autorización.
- Divulgar información confidencial sin autorización expresa.
Sanciones por incumplimiento
El Código de Ética establece que toda infracción será sancionada, de acuerdo con la gravedad de la falta y la normativa aplicable a cada estamento universitario. Entre las sanciones contempladas se incluyen:
- Amonestación verbal o escrita.
- Suspensión temporal de funciones o actividades académicas.
- Destitución o separación del cargo para autoridades, docentes o administrativos.
- Suspensión académica, cancelación de matrícula o expulsión, en el caso de estudiantes.
- Inhabilitación para ejercer cargos dentro de la Universidad de Panamá.
El documento precisa que estas sanciones no excluyen responsabilidades civiles, administrativas o penales, y que todo proceso disciplinario deberá respetar el debido proceso, el derecho a la defensa y las garantías legales.
Con la adopción de este nuevo Código de Ética, la Universidad de Panamá reafirma su compromiso con la excelencia académica, la rendición de cuentas y el fortalecimiento institucional, consolidándose como un referente de ética y responsabilidad social en la educación superior del país.



