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Elecciones primarias RM: ¿Cuándo inicia el periodo de veda electoral?

A pocos días de que el partido entre en veda electoral debido a las elecciones primarias, el TE recordó a sus miembros las prohibiciones en el periodo.

Yulilka Godoy
Por Yulilka Godoy

El próximo viernes 30 de junio inicia el periodo de veda electoral del partido político constituido Realizando Metas, debido a las elecciones primarias que se llevarán a cabo el domingo 2 de julio, según indica el Tribunal Electoral (TE). Cabe mencionar, que en las primarias, miembros del colectivo tendrán la tarea de escoger sus candidatos para los cargos a alcaldes, diputados y representantes que competirán en las elecciones generales de mayo de 2024.

A pocos días de que el partido entre en este periodo, El TE recordó a sus miembros que tienen hasta las 11:59 p.m. de este jueves 29 de junio para hacer propagandas políticas, y que a partir de las 12:01 a.m. del viernes 30 comienza el periodo de reflexión.

También enfatizó que “queda prohibida la difusión de propaganda electoral, pagada o donada, a favor o en contra de ciudadanos o partidos, al igual que las caravanas y concentraciones”.

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Elecciones primarias del RM: Prohibiciones el periodo de veda electoral

El artículo 256 del Código Electoral señala que esta prohibición incluye las vallas publicitarias, por lo que deben ser removidas al vencimiento del periodo de campaña respectivo, por el partido, el precandidato responsable o la empresa contratada para la propaganda y en caso de incumplimiento, la Dirección Regional de Organización Electoral (DROE) procederá con su remoción, decomiso y sanciones correspondientes, advierte a los precandidatos el TE.

Más del periodo de veda electoral

El proceso electoral en Panamá, tuvo su apertura durante el año 2022, al ser abierto por el Tribunal Electoral automáticamente se activa el cumplimiento de los tiempos y reglas dentro del proceso donde los participantes deben mantenerse al margen de la veda electoral.

El código electoral en el artículo 30 establece que los servidores públicos no pueden valerse de su autoridad para que sus subalternos realicen actividades en beneficio o en contra de determinados candidatos o partidos políticos.

Ingrese a la nota informativa: Tribunal Electoral: ¿Qué es la veda electoral?