El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 727 del 2021 para que el Gobierno Nacional salde la deuda histórica correspondiente al pago de los intereses por mora del CEPADEM, un beneficio dirigido a jubilados, pensionados y sus herederos, relacionado con la segunda partida del décimo tercer mes de los años 1972 a 1983.
Contenido relacionado: Jubilados y pensionados recibirán pago de intereses del CEPADEM: presidente Mulino anuncia fecha de entrega
Intereses CEPADEM: ¿Cómo se realizará el pago?
Mulino explicó que el desembolso se hará mediante Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora (CEPANIM), instrumentos que:
- Tienen valor económico
- Son transferibles
- No están sujetos a impuestos
- No pueden ser embargados
Estos certificados representan el reconocimiento oficial de la deuda por intereses generados debido al atraso en el pago del CEPADEM.
¿Quiénes serán beneficiados?
El Certificado de Pago del Décimo Tercer Mes (CEPADEM) corresponde a los intereses generados por el décimo tercer mes durante el período comprendido entre 1972 y 1983, una deuda que ha sido reconocida legalmente, con respaldo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Según la normativa vigente, el beneficio aplica a:
- Trabajadores que laboraron entre 1972 y 1983
- Personas con derecho adquirido, incluso si aún se mantienen activas laboralmente
- Herederos de beneficiarios fallecidos
La ley establece que cada beneficiario debe recibir el monto total que le corresponde, descontando los pagos parciales realizados en años anteriores, hasta completar la suma histórica adeudada.




